INCLUSIVIDAD Y DIVERSIDAD SOCIAL


  Enfoques educativos para la diversidad, la inclusión y la cohesión social



Ofrecer una educación de calidad, sin discriminación de ninguna naturaleza, implica transitar hacia un enfoque que considere la diversidad de identidades, necesidades y capacidades de las personas, favoreciendo el pleno acceso, la conclusión de estudios y los logros de aprendizajes de todos, con especial atención a quienes se encuentren en situación o riesgo de exclusión. En función de ello se recomienda:

1. Promover mecanismos de concertación entre diferentes sectores del gobierno y de la sociedad civil para el debate y monitoreo de las políticas educativas y para enfrentar las causas que generan desigualdad dentro y fuera de los sistemas educativos, proporcionando recursos adicionales y diferenciados para que los estudiantes en situación o riesgo de exclusión educativa o social puedan, en igualdad de condiciones, aprovechar las oportunidades educativas.


2. Adoptar medidas educativas para atender la diversidad, tales como: educación intercultural para todos; educación con enfoque de género; diversificación de la oferta educativa; adaptación del currículo; elaboración de textos o imágenes que no contengan estereotipos de ninguna clase; extensión de la jornada escolar; y calendarios escolares flexibles según zonas y necesidades, entre otras.


3. Diseñar acciones específicas para asegurar, a determinados colectivos, el derecho a una educación de calidad en igualdad de condiciones:
  • Promover una educación intercultural y bilingüe para los pueblos originarios en todos los niveles educativos.
  • Dar prioridad a la mejora de la calidad de las escuelas unidocentes y multigrado de zonas rurales, vinculándolas al desarrollo local, definiendo estrategias de acompañamiento al trabajo de sus docentes y promoviendo la creación de redes entre escuelas.
  • Ampliar el acceso y mejorar la calidad de la educación para las personas con necesidades educativas especiales, fortaleciendo los procesos de escuelas inclusivas y transformando progresivamente los centros de educación especial en centros de recursos para la comunidad y el resto del sistema educativo.

4. Proporcionar apoyo interdisciplinario a los docentes para la identificación y atención temprana y oportuna de las dificultades de aprendizaje.


5. Ampliar el acceso de los estudiantes a las tecnologías de información y comunicación con el fin de mejorar los aprendizajes y reducir la brecha digital.


6. Impulsar medidas para lograr un clima escolar favorable que propicie la integración, el respeto mutuo y la solución de conflictos a través del diálogo entre los diferentes actores de la comunidad educativa.?
*Recomendaciones, Segunda Reunión Intergubernamental del Proyecto Regional de Educación, PRELAC II  (29 y 30 de marzo de 2007).




La atención a la diversidad en el marco de la ley orgánica de educación (LOE). Las etapas de la educación infantil y primaria  




La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE) regula la educación de los estudiantes de todo el Estado Español, existiendo algunas diferencias en el desarrollo de esta Ley en función de la capacidad de las diferentes Comunidades Autónomas para ajustar algunos aspectos del currículo y de la organización de la respuesta a sus necesidades particulares.

El sistema educativo se organiza en etapas, ciclos, grados, cursos y niveles de enseñanza de forma que asegure la transición entre los mismos y, en su caso, dentro de cada uno de ellos.
La educación infantil tiene carácter voluntario.

La educación primaria (6-12 años) y la educación secundaria obligatoria (12-16 años) constituyen la educación básica, que es obligatoria y gratuita para todas las personas.

La enseñanza básica comprende diez años de escolaridad y se desarrolla, de forma regular, entre los seis y los dieciséis años de edad. No obstante, los alumnos tendrán derecho a permanecer en régimen ordinario cursando la enseñanza básica hasta los dieciocho años de edad, cumplidos en el año en que finalice el curso, en las condiciones establecidas en la LOE.

Sin perjuicio de que a lo largo de la enseñanza básica se garantice una educación común para los alumnos, se adoptará la atención a la diversidad como principio fundamental. Cuando tal diversidad lo requiera, se adoptarán las medidas organizativas y curriculares pertinentes, según lo dispuesto en la presente Ley.

1.      Planteamientos previos en la atención a la diversidad


Una de las peculiaridades que pueden definir a la sociedad actual es el cambio permanente, acelerado y constante en el que se encuentra inmersa. El avance de los conocimientos, el progreso de la tecnología y de la ciencia, las posibilidades reales de comunicación y de movilidad a lo largo y ancho del mundo derivan en una cultura de la globalización en la que personas procedentes de distintos países, con diferentes expectativas, capacidades, experiencias, ideas, religiones, grupos sociales, costumbres o culturas pueden convivir personal o virtualmente en un mismo espacio o estar comunicadas por vía tecnológica, personas que componen una sociedad diversa que obliga a aprender a vivir en el respeto a esa diversidad, buscando en sus conocimientos e intercambios motivos y razones suficientes para el enriquecimiento de todos.

La diferencia, en sí, enriquece la vida humana y genera complementariedad, lo que resulta empobrecedor es que ese "ser diferentes" converja en desigualdad, en falta de equidad y en injusticia social.

La diversidad es, por tanto, una de las características de la conducta y de la condición humana que se manifiesta tanto en el comportamiento y en el modo de vida de las personas, como en sus modos y maneras de pensar. Esta diversidad tiene una amplia repercusión en las aulas, puesto que es en ese escenario educativo en el que se dan de forma continua y permanente manifestaciones de la diversidad de los alumnos que las conforman.

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